La Inteligencia Artificial (IA) y la enseñanza de Derecho. Una aproximación a los desafíos impostergables a enfrentar.

Voces: PROFESIONALES – TECNOLOGIA – ABOGADOS – DERECHO DEL TRABAJO – LABORAL.

Título: La Inteligencia Artificial (IA) y la enseñanza de Derecho. Una aproximación a los desafíos impostergables a enfrentar.

Autor: Olguin, Daniel O.

Sumario: I. Introducción. II. No se trata solo de nueva tecnología. La innovación y los cambios tecnológicos en la formación de los abogados. III. La rápida evolución tecnológica presenta un desafío significativo para el educador. Primer llamado de atención. IV. Los idiomas que hablan el estudiante Nativo Digital y el docente Inmigrante Digital son diferentes. Segundo llamado de atención. V. El uso de la Inteligencia Artificial en la enseñanza de Derecho sin perder de vista la creatividad, el pensamiento crítico y el desarrollo de habilidades para la actuación profesional. Tercer llamado de atención. VI. La Inteligencia Artificial y sus puertas inexploradas. Cuarto llamado de atención. VII. Conclusiones. La necesaria nueva formación de profesionales del Derecho aptos para lidiar con el cambio.

 

I. INTRODUCCIÓN

“Aunque no todos podemos ser expertos en IA, si hemos de tener presente que es la primera tecnología de la historia que puede tomar decisiones y generar nuevas ideas por sí misma. Todo invento humano previo ha servido para conferir poder a los humanos, porque, con independencia del alcance que tuviera la nueva herramienta, las decisiones acerca de su uso se han mantenido en nuestras manos…, en cambio la IA puede procesar información por sí sola y, por lo tanto, sustituir a los humanos en la toma de decisiones. La IA no es una herramienta, es un agente.” (Harari, 2024)

 

Cuando vemos que tenemos un problema de observación y tratamiento de parte de los profesionales del Derecho sobre los cambios socio culturales de la sociedad actual, mucho tiene que ver con la debilidad de los estudiantes en sus aprendizajes, que básicamente en su formación no ha existido una visión moderna e integral para interpretar los desafíos y oportunidades en un contexto de cambio y adaptación constantes y sin precedentes.

Se puede seguir discutiendo planes, programas, estrategias, enfoques, o se puede reconocer que la discusión fundamental es cómo generar las bases de un nuevo estilo de enseñanza que conecte a los estudiantes de Derecho con un presente cambiante. Y de allí que surgen interrogantes como: ¿Qué educador se necesita para la sociedad que se está construyendo? ¿Cómo debe ser un docente que, ademas de Derecho tiene que formar estudiantes en un mundo de incertidumbres y cambios?

Ese educador debería ser aquel que todos los días hace emerger la realidad sociocultural actual a los estudiantes. Eso requiere un cambio fundamental en el rol de ese educador, que, en principio, tiene que ser más integrado porque el estudiante no es una disciplina, no es una asignatura, pero, a su vez, tiene que ser versátil, flexible, tiene que ser un gran articulador de conocimientos para que le den sentido al alumno, y tiene que un facilitador.

A medida que la sociedad y el entorno legal evolucionan, los educadores tienen la responsabilidad de adaptar sus métodos y enfoques para preparar a los futuros abogados para los desafíos contemporáneos.

En resumen, los educadores en derecho tienen un papel crucial en preparar a los futuros abogados no solo para comprender y aplicar la ley, sino también para responder de manera efectiva y ética a los desafíos que plantea una sociedad en constante cambio.

 

II. No se trata solo de nueva tecnología. La innovación y los cambios tecnológicos en la formación de los abogados.

En principio, debemos considerar que la innovación y los cambios tecnológicos son conceptos relacionados pero distintos. Las innovaciones buscan preparar a los futuros abogados no solo con un sólido conocimiento jurídico, sino también con las habilidades prácticas, tecnológicas y éticas necesarias para desempeñarse en un entorno legal en constante cambio. Los cambios tecnológicos, por su parte, son un componente de la innovación que se centra específicamente en el desarrollo y la implementación de nuevas tecnologías. Mientras que la innovación incluye una gama más amplia de cambios que pueden ser tecnológicos o no tecnológicos y tiene un enfoque en la creación de valor y mejora.

Precisando la cuestión, posemos afirmar que la innovación se refiere al proceso de desarrollar nuevas ideas, productos, servicios, métodos o procesos que generan valor añadido. Puede involucrar la creación de algo completamente nuevo o la mejora significativa de algo existente. En un ámbito tecnológico incluye el desarrollo de nuevas tecnologías o la aplicación novedosa de tecnologías existentes como la introducción de servicios legales innovadores como la asesoría jurídica a través de plataformas en línea. En uno no tecnológico puede abarcar cambios en modelos de negocio, procesos organizativos, metodologías de enseñanza, etc.

Los cambios tecnológicos, por otro lado, se refieren a las modificaciones o avances en la tecnología, es decir, nuevas herramientas, dispositivos, software, o procesos tecnológicos que se desarrollan y adoptan. En el ámbito tecnológico específico se centra en la creación y adopción de nuevas tecnologías y la mejora de las existentes. Y respecto a la adaptación a los cambios involucra la implementación de nuevas tecnologías en diversas áreas y cómo estas tecnologías afectan y mejoran procesos y productos existentes. Son ejemplos el desarrollo de inteligencia artificial para análisis predictivo en la investigación jurídica, los avances en software de gestión de casos legales, o la Implementación de plataformas de videoconferencia para juicios y audiencias virtuales.

Entonces la innovación tiene un alcance más amplio, abarcando no solo la tecnología sino también aspectos organizativos, metodológicos y de servicios. Y los cambios tecnológicos se enfocan estrictamente en la evolución y adopción de nuevas tecnologías.

Como conclusión parcial podemos afirmar que la innovación busca generar valor añadido y mejorar la eficiencia, la calidad o la experiencia mediante nuevas ideas o mejoras significativas y los cambios tecnológicos se centran en la actualización y mejora tecnológica, a menudo como un medio para facilitar la innovación. Pero, sin dudas, ambos conceptos, en la práctica, correrán unidos en una óptima formación profesional.

Ejemplos de la tecnología en la educación jurídica. son las plataformas de aprendizaje en línea sitios como Coursera, edX y otras plataformas que permiten a los estudiantes acceder a cursos de derecho impartidos por universidades de renombre mundial desde cualquier lugar del mundo. Además, por medio de webinars y conferencias virtuales, los estudiantes pueden asistir a seminarios web y conferencias virtuales para aprender de expertos en diversas áreas del derecho sin necesidad de viajar.

Se suma la realidad virtual y el software de simulación permiten a los estudiantes participar en simulaciones de juicios y otras actividades legales, proporcionando una experiencia práctica en un entorno controlado. También, los estudiantes pueden participar en competencias de simulación de tribunales (moot courts) en línea, desarrollando sus habilidades de litigio y argumentación.

Asimismo, las plataformas de investigación legal basadas en inteligencia artificial, como Westlaw y LexisNexis, permiten a los estudiantes realizar investigaciones más rápidas y eficientes. Y la inteligencia artificial puede predecir resultados de casos y proporcionar análisis de datos que ayudan a los estudiantes a entender mejor las tendencias y precedentes legales.

Herramientas de colaboración en línea como las plataformas como Google Workspace y Microsoft Teams facilitan el trabajo en grupo y la colaboración en proyectos legales. Además, los estudiantes pueden participar en foros de discusión y comunidades en línea para debatir temas legales y compartir recursos.

Se deben agregar el aprendizaje perdictivo por medio de utilización de juegos serios y actividades gamificadas para enseñar conceptos legales de manera interactiva y atractiva. Y herramientas que permiten a los estudiantes realizar autoevaluaciones y recibir retroalimentación inmediata sobre su comprensión de los temas.

El acceso a una amplia gama de recursos y bibliotecas digitales que ofrecen textos legales, artículos académicos y otros materiales de referencia y a conferencias y Seminarios Globales: Participación en eventos educativos y profesionales a nivel global a través de transmisiones en vivo y grabaciones.

Por su lado, la innovación en la formación de abogados contempla la incorporación de cursos en línea y MOOC (cursos masivos). Plataformas como Coursera y edX ofrecen cursos de derecho impartidos por universidades prestigiosas, lo que permite a los estudiantes acceder a una educación de alta calidad desde cualquier lugar del mundo. De simulaciones y realidad Virtual que permite a los estudiantes participar en simulaciones de juicios, negociaciones y mediaciones, proporcionando una experiencia práctica sin necesidad de estar físicamente en una sala de audiencias. Y la inteligencia artificial que se utiliza para analizar casos, predecir resultados legales y ayudar en la investigación jurídica, lo que prepara a los estudiantes para trabajar con estas tecnologías en su futura práctica profesional.

Un enfoque en el desarrollo de habilidades prácticas por medio de clínicas jurídicas que ofrecen a los estudiantes la oportunidad de trabajar en casos reales bajo la supervisión de abogados experimentados, permitiéndoles aplicar sus conocimientos teóricos a situaciones prácticas, y métodos de enseñanza interactivos con el uso de métodos como el aprendizaje basado en problemas  y el aprendizaje colaborativo para desarrollar habilidades críticas como la resolución de problemas y el trabajo en equipo.

En la formación en habilidades blandas con la introducción  de cursos dedicados a la ética profesional y la responsabilidad social para preparar a los estudiantes para los desafíos éticos que enfrentarán en su carrera; en la formación en habilidades de comunicación efectiva, tanto escrita como oral, que son esenciales para la práctica legal; y el negociación y mediación: Entrenamiento en técnicas de negociación y resolución alternativa de disputas, que son cada vez más importantes en el mundo legal moderno.

Como conclusión parcial podemos afirmar que la innovación busca generar valor añadido y mejorar la eficiencia, la calidad o la experiencia mediante nuevas ideas o mejoras significativas. Y los cambios tecnológicos se centran en la actualización y mejora tecnológica, a menudo como un medio para facilitar la innovación. Ambos conceptos, en la práctica, correrán unidos en una óptima formación profesional.

 

III. La rápida evolución tecnológica presenta un desafío significativo para el educador. Primer llamado de atención.

En general, en cualquiera de los niveles educativos, incluyendo por supuesto a la educación universitaria, el educador debe posicionarse en una constante actualización para no quedar relegado respecto de sus alumnos, y poder ofrecer una formación relevante y actualizada. Esto implica no solo aprender nuevas tecnologías, sino también adaptar sus métodos de enseñanza para integrarlas de manera efectiva en el aula.

Se pude observar, que, en el uso de la inteligencia artificial, los alumnos, en general conocen más que sus educadores. Hoy es probable que éstos se encuentren con alumnos que tengan más habilidades, por ejemplo, para la búsqueda de temas. Es que el educador debería poseer una dinámica personal, una curiosidad especial, que hoy en muchos casos no se encuentra dado que muchos docentes se mantienen en un pernicioso círculo de tranquilidad al mantenerse sólo en los temas y teorías aprendidas, y en los métodos de transmisión enciclopedista de conocimientos.

Hoy, en la enseñanza en un mundo tecnológico, ya sea, desde lograr a que los estudiantes incorporen habilidades digitales básicas, hasta que éstos puedan comprender cómo hacer un algoritmo complejo, nos encontramos la misma falencia: un docente sin la capacidad para acompañarlo en el aprendizaje.

En una encuesta entre unos mil estudiantes y unos 200 profesores, se preguntó a los estudiantes cuántos usaban ChatGPT o Copilot o Gemini o alguno de los motores de inteligencia artificial: el 80% levantó la mano. Cuando se hizo la misma pregunta a los docentes, fue exactamente inverso: sólo el 20%. (Zunini, 2024).

En resumen, la actualización continua y la integración de nuevas tecnologías y metodologías son esenciales para que los docentes puedan ofrecer una formación relevante y de alta calidad.

Estrategias tales como mantenerse al día con las últimas investigaciones, establecer la colaboración entre educadores, implementar sistemas de retroalimentación continua donde los estudiantes puedan expresar sus opiniones sobre los métodos de enseñanza y el contenido del curso, utilizar herramientas tecnológicas e incorporar métodos de enseñanza interactivos como el aprendizaje basado en proyectos y el aprendizaje colaborativo, conforman estrategias no solo mejorarán la calidad de la educación, sino que también prepararán a los estudiantes para enfrentar los desafíos de un entorno legal en constante cambio.

 

IV. Los idiomas que hablan el estudiante Nativo Digital y el docente Inmigrante Digital son diferentes. Segundo llamado de atención.

Es que el estudiante actual es un “nativo digital”, que habla un idioma digital como primera lengua, mientras el docente es un “inmigrante digital” que difícilmente llega a tener un idioma digital como segunda lengua. Problema que se acrecienta si el docente es un “Analfabeto Digital”. Seguramente, en las facultades de Derecho actuales se encontrarán aún unos cuantos docentes analfabetos digitales, sin competencias en el idioma informático. (Mesa Rada, 2014)

Hace poco más de veinte años, Marc Prensky acuñó el concepto de “nativo digital” se refería a quienes habían nacido después de 1980 y que, según él, tenían una capacidad innata para comprender y utilizar la tecnología digital debido a su exposición desde temprana edad (Infobae, 2024).

Entonces, como “Nativos digitales” se describe a los estudiantes, menores de 30 años, que han crecido con la tecnología y, por lo tanto, tienen una habilidad innata en el lenguaje y en el entorno digital; las herramientas tecnológicas ocupan un lugar central en sus vidas; y dependen de ellas también para informarse y estudiar, relacionarse.

Estos estudiantes enfocan su aprendizaje absorbiendo rápidamente la información multimedia de imágenes y videos, igual o mejor que si fuera texto; consumen datos simultáneamente de múltiples fuentes; esperan respuestas instantáneas; permanecen comunicados permanentemente y crean también sus propios contenidos.

Desde la práctica del proceso de enseñanza/aprendizaje les encanta hacer varias cosas al mismo tiempo: son multitarea. Afrontan distintos canales de comunicación simultáneos, prefiriendo los formatos gráficos a los textuales. Utilizan el acceso hipertextual en vez del lineal. Funcionan mejor trabajando en red. Y prefieren los juegos al trabajo serio. Destacan la inmediatez en sus acciones y en la toma de decisiones.

Mientras que como “Inmigrantes digitales” se señala a aquellos que se han adaptado a la tecnología. Se trata de personas entre 35 y 55 años que no son nativos digitales y han tenido que adaptarse a una sociedad cada vez más tecnificada.

Lo cierto es que ni el estudiante de Derecho (nativo digital) ni el docente de Derecho actual (inmigrante digital en el mejor de los casos) pueden hacer mucho para cambiar el origen del problema, la llamada “natividad digital”. Esto por cuanto es una circunstancia mundial.

En consecuencia, se puede afirmar, en términos generales, que, si bien el problema de la “natividad digital” es irreversible, el de la divergencia generacional es inmodificable. Hoy en día es así y basta ir a una facultad de Derecho para darse cuenta de la realidad de tal enunciado. (García, 2007)

Es evidente en el campo educativo de hoy, que los alumnos actuales no se corresponden ya con aquellos para cuya enseñanza fueron creados los sistemas educativos tradicionales.

En principio el estudiante de Derecho actual no tiene las competencias necesarias para soportar la educación tradicional. Por ejemplo, es habitual observar que los alumnos cuando llegan a la universidad preguntan nerviosamente si tienen que leer y cuando se les dice que tienen que leer un libro: todos protestan; porque dejaron de leer hace 5 o 10 años.

Lo mismo opera para los docentes de Derecho, normalmente no tienen las competencias necesarias para transmitir adecuadamente los conocimientos a un nativo digital. Es más, muchos de estos docentes ni siquiera saben de la existencia de nativos digitales y mucho menos podrían hablar en su idioma.

El problema, en general, está dado en que el docente de Derecho no puede continuar tratando de adaptar lo que debe enseñar en la actualidad a la forma como a él le enseñaron años atrás. El principio de solución se puede encontrar en que adaptarse a las necesidades de los “Nativos digitales” requiere un enfoque flexible y dinámico.

En tal sentido, el primer paso, sin dudas, debe ser del docente, titular del direccionamiento del proceso de enseñanza, así como la elección y ejecución de las estrategias y métodos más eficientes para lograr un adecuado proceso formativo en los futuros abogados, en definitiva, su tarea debe consistir en un acercamiento al nativo digital.

En esta dirección, debe el docente de Derecho ser creativo para lograr conectar las nuevas tecnologías con aquella información que sólo es posible hallar en libros especializados. Debiendo apoyar entornos de aprendizaje e-learning que llamen su atención hacia obtener conocimientos.

En definitiva, deben ver las herramientas digitales como aliados del aprendizaje y como una forma de motivar a los estudiantes a descubrir el mundo por sus medios.

 

V. El uso de la Inteligencia Artificial en la enseñanza de Derecho sin perder de vista la creatividad, el pensamiento crítico y el desarrollo de habilidades para la actuación profesional. Tercer llamado de atención.

La IA se encuentra integrada a nuestra vida cotidiana, laboral y profesional, y debe comprender también una profunda transformación en la educación en general. Incluida la enseñanza de Derecho por supuesto.

La sinergia entre la IA y la educación está ya redefiniendo los enfoques educativos tradicionales; por medio de los Chatbots que actúan como profesores, estudiantes o tutores en entornos virtuales, proporcionando orientación y retroalimentación instantánea; utilizando plataformas de autoaprendizaje en línea que ofrecen recursos y evaluaciones adaptativas, permitiendo a los estudiantes aprender de forma autónoma; e implementando la robótica educativa para crear entornos de aprendizaje motivadores y colaborativos, promoviendo habilidades clave.(Montes Adalid, 2023)

Sin embargo, se sostiene en parte que el uso de la IA en los estudiantes puede generar la tentación de evitar el pensamiento crítico y el esfuerzo intelectual. Que dependiendo de la tecnología se puede reducir su capacidad para analizar, sintetizar o resolver problemas de manera autónoma, impidiéndoles desarrollar las habilidades esenciales que requiere el mundo laboral actual. Y que el suso indebido de la tecnología fomenta la superficialidad en el aprendizaje, donde se priorizan resultados inmediatos sobre la comprensión profunda. Entonces, se debilita la habilidad para aplicar el conocimiento en contextos más complejos, afectando su desarrollo a largo plazo. (Pasjalidis, 2024)

Es que la creatividad, el análisis crítico y la capacidad de generar un valor diferencial siguen siendo la clave para preparar a los estudiantes para un futuro en el que la tecnología es una herramienta, no un fin en sí mismo, que se utiliza en el entorno laboral y puede generar un diferencial de productividad para las personas, por lo que no debiéramos dudar de que se debe aprender a utilizarla.

En consecuencia, la integración de la IA en la educación no debe ser vista como una amenaza, sino como una oportunidad para replantear el enfoque pedagógico, promoviendo un aprendizaje que vaya más allá del uso tecnológico y se enfoque en el desarrollo de habilidades cognitivas y socioemocionales.

Replanteo en el que la revisión y redefinición de las funciones y competencias de los docentes en un entorno de IA se vuelven esenciales y se debe ajustar los planes de estudios para integrar la IA y transformar las metodologías de enseñanza, considerando también las implicancias de posibles riesgos éticos y de pensamiento crítico. Siendo la experimentación en el aula, la clave para aprovechar los beneficios de la IA y ampliar las prácticas basadas en datos empíricos.

Como sea, la integración de la IA en la enseñanza requerirá adaptación constante y un enfoque equilibrado en un entorno educativo en evolución.

 

VI. La Inteligencia Artificial y sus puertas inexploradas. Cuarto llamado de atención.

La IA es una rama de la informática que se ocupa del desarrollo de agentes inteligentes o sistemas que pueden razonar, aprender y actuar de forma autónoma. Se basa en el concepto de que las computadoras pueden ser programadas para simular la inteligencia humana utilizando algoritmos que pueden aprender de los datos y tomar decisiones. Pero no es nada más.

En principio, se debe tener en cuenta que la IA no “sabe” ni “entiende”, sino que lo que hace es predecir. (Jara, 2024)

Como rama de la IA tradicional surge el aprendizaje automático (machine learning). Esta noción se refiere al desarrollo de algoritmos que permiten a las computadoras hacer predicciones o tomar decisiones basadas en miles de datos, pero sin estar programadas expresamente para hacerlo de determinada manera.

La Inteligencia Artificial Generativa trata de un subcampo de la IA que se utiliza para crear contenido nuevo o para modificar el contenido existente, como texto, imágenes, música y vídeos. Se basa en el aprendizaje automático para identificar patrones en los datos y luego utilizar esos patrones para generar nuevo contenido. Técnicamente, estos sistemas aprenden patrones a partir de datos de entrenamiento y generan predicciones y también nuevos resultados a partir de criterios probabilísticos. Cuando estas predicciones generan un contenido nuevo, distinto de la mera organización de datos obtenidos en el entrenamiento, hablamos de IAGen.

Partiendo del aprendizaje automático pueden realizar una variedad de tareas de procesamiento del lenguaje natural, como generar y clasificar texto, responder preguntas de manera conversacional y traducir texto de un idioma a otro. Pero, técnicamente, son sistemas entrenados con enormes cantidades de datos para realizar tareas de predicción de cadenas de texto. Es por ello que siempre se dependerá de su tamaño, la cantidad y diversidad de datos con los que fue entrenado y la complejidad de los algoritmos de aprendizaje profundo utilizados durante el entrenamiento.

Entonces, el sistema puede reconocer patrones en los datos, y dada una instrucción por el usuario, realizar la predicción de la respuesta conforme esos patrones aprendidos durante el entrenamiento. En todo caso, los grandes modelos de lenguaje no son más que herramientas que complementan, facilitan e impulsan la labor profesional, pero no reemplazan el conocimiento humano y, por lo tanto, no nos eximen de controlar la veracidad, precisión, fidelidad y utilidad del resultado.

También, que la inteligencia artificial (IA), es “un agente”, es decir una entidad con capacidad de actuar en el mundo, pero, no ya una mera herramienta del ser humano.

En su nuevo libro, “Nexus. Una breve historia de las redes de información de la Edad de Piedra hasta la IA”. Yuval Noah Harari alerta sobre los peligros de la inteligencia artificial (IA), que es “un agente”. “Es un agente independiente”, “Por eso es diferente de cualquier tecnología anterior que hayamos inventado”. Como si la bomba atómica pudiera ser capaz de decidir dónde cae y mejorar su propia tecnología por sí misma. (Esquivada, 2024)

“Aunque no todos podemos ser expertos en IA, si hemos de tener presente que es la primera tecnología de la historia que puede tomar decisiones y generar nuevas ideas por sí misma. Todo invento humano previo ha servido para conferir poder a los humanos, porque, con independencia del alcance que tuviera la nueva herramienta, las decisiones acerca de su uso se han mantenido en nuestras manos. …, en cambio la IA puede procesar información por sí sola y, por lo tanto, sustituir a los humanos en la toma de decisiones. La IA no es una herramienta, es un agente.” (Harari, 2024)

O sea, que, al crear un agente capaz de tener independencia, ya no es una herramienta sometida a la voluntad humana. En consecuencia, la IA abre puertas inexploradas.

Respecto al trabajo y las formas de producción, se puede afirmar entonces que la IA no sólo está a punto de suplantar a los humanos y de superarlos en lo que hasta ahora eran habilidades únicamente humanas, sino que también posee capacidades exclusivamente no humanas. No solo estamos en un panorama en el que nuevos trabajadores parcialmente dependientes conviven en una situación absolutamente novedosa que está creando constantemente nuevos trabajos, que, en simultáneo, reemplazan otros puestos de trabajo que ya dejan de existir como tales. Hoy, el próximo paso es inédito.

En concreto, el panorama general del Derecho actual conforma un verdadero cambio social. Pero hasta ahora no hemos creado una alternativa viable al modelo de la revolución industrial y que se amolde a los cambios. (Harari, 2018)

Como sea, dice Harari, sin ser determinista —”todo depende de las decisiones que tomemos”— Las decisiones por ahora sigue siendo del ser humano.

 

VII. Conclusiones. La necesaria nueva formación de profesionales del Derecho aptos para lidiar con el cambio.

En lo que respecta a la formación legal, el estado actual de las cosas continuará sin resolverse si la formación profesional y especializada de abogados se sigue nutriendo de teorías pasadas. Es así como, los graduados especializados nada han podido aportar a la evolución de la disciplina en la que se especializaron.

Es que, en la ciencia del Derecho, no basta, ni bastó nuca, con intentar descubrir un nuevo modelo normativo si este se encuentra al margen de lo que las mismas sociedades requieren en un momento determinado. El entorno y las circunstancias sociales no pueden quedar al margen.

En la formación en Derecho esa situación es impresionantemente evidente. Los cambios que ya llegaron al mundo productivo y del trabajo sugieren que se debe tratar de crear conocimiento nuevo, no de recrear conocimientos.

En tal sentido, sería muy poderoso que los estudiantes crearan conocimiento original para un determinado momento de los desarrollos teóricos de un campo a disciplinar. Pero, más allá de la calidad y método pedagógico de la enseñanza en la universidad, las teorías que se enseñan pasan a transformarse en delirios o doctrinas que niegan la posibilidad de revisar las premisas básicas que se aceptan como los fundamentos a priori que les dan validez. (Maturana, 2013).

Es así como, este proceso de aplicación de teorías aprendidas se ha dado sistemáticamente en el intento infructuoso del Derecho en general y del Derecho del Trabajo en particular, de comprender adecuadamente el cambio social, el nuevo mundo del trabajo y las nuevas formas de producción. En concreto no se ha salido del marco de la teorías enseñadas y aprendidas.

No se debe dejar de observar que las formas en que se produce el conocimiento también cambiaron, y lo van a seguir haciendo. Entonces, ¿Por qué se sigue enseñando de la misma manera?, ¿Por qué se insiste en enseñar el conocimiento acumulado si sabemos que lo más importante es el que seremos capaces de construir? Cuando, además, el saber construido ya está disponible y ni siquiera a es necesario ir a la universidad para aprenderlo, desde que la teoría acabada que se enseña esta desarrollada de modo exhaustivo en las obras que suelen integrar la bibliografía de los cursos.

Es que también ha cambiado de manera irreversible es que la explicación de lo acabado, ya ni necesita del marco de una clase universitaria. Las versiones curriculares, tipo colección de temas, sigue implicando una carrera contra el tiempo para cubrir lo que básicamente en una lista extensa y fragmentaria. Cuando se debe elegir temas de cada tiempo y lugar desde una perspectiva social y cultural. Se debe partir del problema en la realidad como marco para la construcción de conocimiento. La Universidad es un espacio de construir del conocimiento a partir de la investigación, pero en el aula y en el marco de una clase se explica lo construido y en ocasiones ya olvidado.

Entonces se debería comenzar desde la enseñanza del Derecho aplicando prácticas de la enseñanza que posean sentido en el actual momento histórico y contexto cultural, y que tenga lugar en la realidad y no en una ficción académica inalterable que no identifica reconozca, y además, valore las transformaciones que tiene lugar en la sociedad.

El invariable propósito de la educación universitaria era, es y siempre seguirá siendo la preparación de para una vida de acuerdo con la realidad en la que están destinados a entrar los graduados. Para estar preparados, necesitan instrucción, conocimientos prácticos concretos y de inmediata aplicación. Y para ser práctica una enseñanza de calidad necesita propiciar y propagar la apertura de la mente, y no su cerrazón. (Bauman, 2013).

Sin dudas, la enseñanza del Derecho en general es primordial para el cambio, y debiera apuntar a prácticas didácticas que posean y otorguen sentido en el actual momento histórico y contexto cultural, y que tenga lugar en la realidad y no en una ficción académica inalterable.

O sea que apunten a identificar, reconocer, y valorar las transformaciones que tiene lugar en la sociedad. Especialistas quienes puedan pueda conducirse con el mayor y estricto rigor científico a fin de reconocer, reflexionar y observar la constancia del cambio cultural.

D.O.

 

Referencias:
Diario Judicial. 11 de Septiembre de 2024. Edicion 7047 ISSN 1667-8486. Art.: “La IA tiene la mitad más uno”. Fecha: 06 de Septiembre de 2024. Dirección URL: https://www.diariojudicial.com/news-98682-la-ia-tiene-la-mitad-mas-uno.
Esquivada, Gabriela. Yuval Noah Harari: “Hitler y Stalin no podían controlar a la gente todo el tiempo, la Inteligencia Artificial puede”. 16 Sep, 2024. Infobae. Dirección URL del artículo: https://www.infobae.com/cultura/2024/09/16/yuval-noah-harari-hitler-y-stalin-no-podian-controlar-a-la-gente-todo-el-tiempo-la-inteligencia-artificial-puede/
García F., Portillo J., Romo J., Benito M. “Nativos digitales y modelos de aprendizaje”. Universidad de País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU). SPDECE ’07. IV Simposio Pluridisciplinar sobre Diseño, Evaluación y Desarrollo de Contenidos Educativos Reutilizables. Dirección URL del artículo: https://ceur-ws.org/Vol-318/Garcia.pdf
Harari, Yuval Noah. “NEXUS – Una breve historia de las redes de información desde la edad de piedra hasta la IA”. Penguin Random House. 2024.
Harari, Yubal Noah. “21 lecciones para el siglo XXI”. Ed. Debate. 2018.
Infobae. Educación. “Por qué la educación puede aprovecharse del concepto de “nativo digital”. 24 Sep, 2024. Diección URL del artículo: https://www.infobae.com/educacion/2024/09/24/por-que-la-educacion-puede-aprovecharse-del-concepto-de-nativo-digital/
Jara Rey, Agostina. Legal Prompts : guía práctica de instrucciones para uso de IA generativa : agosto 2024. 1a ed – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Ley ; Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho.
Maturana Humberto. Nuestro presente y nuestras teorías. Marzo 19, 2013. matriztica. http://www.matriztica.cl/.
Mesa Rada, Javier D. “Nativos digitales: el reto de enseñar Derecho en la actualidad” Revista sobre enseñanza del Derecho. año 12, número 24, 2014, pp. 165-187. Buenos Aires, Argentina (ISSN 1667-4154). Montes Adalid, Gloria María. Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Málaga. ORCID ID.: 0000-0001-9178-7029. V Congreso CIDICO – Madrid 2023. Dirección URL: https://riuma.uma.es/xmlui/bitstream/handle/10630/28241/PONENCIA%20GLORIA%20MONTES.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Pasjalidis, Diego. “Siete propuestas para repensar la evaluación en una educación atravesada por la inteligencia artificial”. Direción URL: https://www.infobae.com/educacion/2024/09/10/siete-propuestas-para-repensar-la-evaluacion-en-una-educacion-atravesada-por-la-inteligencia-artificial/
Zunini, Patricio. “Carlos Pallotti: La secundaria técnica nació para formar oficios, pero hoy no habilita para casi ningún empleo”. Infobae. 29 ago 2024. Dirección URL del artículo: https://www.infobae.com/educacion/2024/08/29/carlos-pallotti-la-secundaria-tecnica-nacio-para-formar-oficios-pero-hoy-no-habilita-para-casi-ningun-empleo/

 

 

 

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