EL ALUVIÓN TECNOLÓGICO, SUS EFECTOS SOBRE EL TRABAJO Y EL DERECHO DEL TRABAJO.

EL ALUVIÓN TECNOLÓGICO, SUS EFECTOS SOBRE EL TRABAJO Y EL DERECHO DEL TRABAJO.

I. LA NECESIDAD DE AMPLIAR LA TUTELA DEL DERECHO DEL TRABAJO.

Existe una percepción generalizada respecto de que las nuevas tecnologías crean un elevado nivel de desempleo en todas partes; que la tecnología se está desarrollando de manera tan vertiginosa que amenaza seriamente la existencia de empleos de los trabajadores actuales; y que, por lo tanto, para los trabajadores, hoy, el elemento más relevante sobre la tecnología es el debate sobre la posible pérdida de sus empleos.

No obstante, sostengo que el real problema para la mayoría de los trabajadores es que las nuevas tecnologías cambiarán muchos aspectos de su trabajo, pero no que sus empleos necesariamente vayan a desaparecer. (Figueroa, 2019). Tal vez el mayor cambió se dé a partir de la transformación de las relaciones de trabajo claramente marcadas por la subordinación hacia otras formas de trabajo con alguna autonomía.

Es que, para cubrir los nuevos empleos -muchos desconocidos hasta ahora- la relación de dependencia totalmente subordinada no consigue ni conseguirá ser la respuesta adecuada. Tampoco una desregulación o una total flexibilización de las normas que regulan el trabajo humano con la consecuente pérdida de derechos por parte de los trabajadores.

En consecuencia, sostengo que resultará necesario ampliar la tutela del Derecho del Trabajo –que se ocupa únicamente del trabajo realizado por trabajadores subordinados y dependientes- incluyendo también a aquellos trabajadores que se desempeñan entre los dos parámetros históricos de formas de realizar trabajo, el de dependencia absoluta y el de autonomía total o independencia. O sea, incluir también los trabajadores que realizan trabajo con solo dependencia económica de quien les paga por su trabajo; y que, precisamente por esa dependencia parcial, deben ser amparados por medio de algunos de los derechos sociales y hasta sindicales que poseen lo trabajadores totalmente dependientes o subordinados.

II.  ALGUNAS CAUSAS DE COMO LLEGAMOS HASTA AQUÍ.

En la construcción del panorama actual del trabajo en nuestro país, y que está indicando la conclusión que sostengo, han contribuido los siguientes hechos:

A) LA AUTOMATIZACIÓN. En los años noventa, se sostenía que la revolución tecnológica hacía necesario un número cada vez menor de trabajadores para producir los bienes y servicios requeridos por la población mundial, refiriéndose a que la “automatización” de los procesos productivos conducida a la economía mundial a una actividad industrial de menos trabajadores. (Rifkin, 2004). Pero ya en los años setenta, se sostenía, refiriéndose a la influencia de las automatización en los procesos de trabajo, en los trabajadores y en la empresas, que, “En un mundo que plantea como una necesidad vital una reconvención constante a fin de adoptar los progresos de la técnica y los cambios, si bien no es aceptable que el costo de desplazamiento lo sufran, en forma exclusiva los trabajadores, tampoco tiene lógica ese aferrarse a empleos determinados, cuando la seguridad debe darla la economía global y no la empresa.”(Vázquez Vialard, 1979).

Hoy, si bien no sólo a causa de la automatización de los procesos de trabajo, en nuestro país existen millones de marginados de la actividad productiva actual, además de una creciente masa de trabajadores desocupados permanentes.

Pero, asimismo, hay una gran mayoría de los trabajadores que, aun conservando sus empleos, no alcanzan niveles aceptables de satisfacción por el resultado económico de su trabajo. Actualmente, uno de cada cinco trabajadores formales no tiene los medios suficientes para vivir en forma digna. Ya en el cuarto trimestre de 2020 un tercio de las personas ocupadas entraba en la categoría de pobreza. (INDEC.  2020. Como se citó en Sánchez Arnau, 2021).

Datos que no solo indican que el trabajo dependiente no ha alcanzado a elevar los niveles de satisfacción del trabajo, sino que, además, confirman la realidad de que hoy, el empleo no es una garantía de evitar la pobreza. Una gran mayoría de aquellos trabajadores que mantienen sus empleos, viven resguardados en un contrato de trabajo, que sumado a que éste no satisface sus expectativas de desarrollo o directamente los mantiene inmersos en la pobreza, el mismo contrato en sí es de futuro incierto, toda vez que la estabilidad de sus empleos no existe. Aún más, aquellos que se creen resguardados en sus empleos públicos, padecen el hecho de que su empleador, aunque sea el Estado, no logra cubrir sus gastos básicos de funcionamiento, y que además utiliza formas de contratación laboral que ya no otorgan la supuesta estabilidad del empleo público. (CIPPEC. 2018).

Entonces, la falta de empleo seguramente surge como resultado de políticas económicas que generan elevados déficits fiscales que, a su vez, exigen políticas impositivas que desalientan la inversión y son fuente de enormes costos que impiden la creación de puestos de trabajo; debido también a la aplicación de políticas laborales que desalientan la creación de empleo; y asimismo, también por la falta de trabajo dependiente que supere el nivel de satisfacción básica de los trabajadores.

Pero, es cierto también, que los niveles de empleo dependiente han ido disminuyendo por el hecho de la marginalidad a la que se expone a una masa cada vez más creciente de trabajadores sin capacitación suficiente para nuevos empleos ligados a la automatización que generaron las nuevas tecnologías.

Los incrementos en la productividad causados por las nuevas tecnologías de la automatización incrementaron el crecimiento económico, pero sin promover a su vez, un aumento del empleo ni el poder adquisitivo de las remuneraciones de los trabajadores.

B) LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA). A su vez, la aparición de la “inteligencia artificial” (IA) como un sistema que interpreta datos externos, aprende de dichos datos y emplea esos conocimientos para lograr tareas y metas concretas a través de continuas adaptaciones, supera los efectos de la automatización.

Ahora, se suman sistemas informáticos que manifiestan un comportamiento inteligente, pues son capaces de analizar su entorno y pasar a la acción –con cierto grado de autonomía– con el fin de alcanzar objetivos específicos. Lo que significa que una máquina puede encontrar la forma de adaptarse e interpretar su ambiente generado por los datos de entrada, y también de arrojar resultados, es decir, que el software se actualiza a sí mismo. Permitiéndole ir cambiando su comportamiento a medida que va adquiriendo experiencia y a medida que su creador (el programador) implementa nuevas funcionalidades y hace correcciones por ensayo y error. (Kaplana y Haenleinb, 2018, como se citó en Almonacid Sierra y Coronel Ávila, 2020).

La aplicación de esta tecnología puede consistir simplemente en un programa informático (p. ej. asistentes de voz, programas de análisis de imágenes, motores de búsqueda, sistemas de reconocimiento facial y de voz), pero también puede estar incorporada en dispositivos de hardware (por ejemplo, robots avanzados, automóviles autónomos, drones o aplicaciones del Internet de las Cosas). (Porcelli y Martínez, 2021).

Se debe destacar que, con la llegada de IA, se crear valor sin trabajo. Con IA se puede pintar cuadros, crear música o escribir artículos para un periódico, sin requerir trabajo humano. A partir de un diseño previo, un trabajo original luego la IA aprende sola. Ahora no sólo se hace más eficientemente una tarea, sino que se crea valor sin necesidad de trabajo humano. O con un costo de tiempo laboral insignificante. (Serrichio, 2021).

En tal sentido, surgen nuevas formas de producción de bienes y servicios, de relacionarse comercialmente, y nuevas formas de distribución del trabajo que sugieren aún menos trabajo dependiente o subordinado.

Las grandes corporaciones se concentran en productos y servicios masivos y dan lugar a miles de pequeñas empresas que cubren los resquicios que, a aquéllas, por razones de escala, no les conviene atender. Otro tanto ocurre con la tercerización de servicios. Mientras las empresas se concentran en la esencia de su negocio, surge una constelación de micro organizaciones que actúan como proveedores especializados. Todo lo cual, abre un nuevo espectro de posibilidades de nuevas formas de producir bienes y servicios fuera de la organización empresarial y de forma independiente a ella.

Un ejemplo significativo por lo simple de su implementación es la masificación de las impresoras 3D (Adeva, 2021) capaces de producir un modelo físico desde un diseño creado por medio de cualquier programa de computación, posibilitará una mayor descentralización de la producción industrial hacia los hogares, aumentando la automatización que ya pone en jaque al 60% de las tareas económicas, e impactando de lleno en el mercado laboral. (Tetaz, 2021).

C) EL COVID-19. La pandemia provocada por el COVID-19 y las medidas de aislamiento tomadas para enfrentarla aceleró aún más los cambios en la producción de bienes y servicios, y en la compra y venta de productos. En 2020 se aceleraron las tendencias en el mundo digital y, no hubo un retorno al punto en que estaba previo a la pandemia. De hecho, los empleados que pasaron a realizar home office retornaron en un entorno laboral de mayor flexibilidad, alternando la presencialidad y el teletrabajo o el llamado trabajo “home office”.

La situación de pandemia llevó a que grandes organizaciones con miles de empleados revolucionaran no solo la modalidad del trabajo sino la propia cultura organizacional. Las medidas adoptadas por los países para enfrentar la emergencia sanitaria han llevado a un aumento del uso de tecnologías digitales por las empresas en su relación con los consumidores, los proveedores y los empleados, así como en la organización de los procesos de gestión interna de las empresas.

Lo cierto es que estos cambios continuaron pasada la peor parte de la pandemia. Y que las tecnologías digitales que ya se estaban incorporando antes de la pandemia, son clave en el nuevo modelo de funcionamiento de las empresas. En particular, las tecnologías asociadas al comportamiento de los consumidores, a las operaciones de promoción, venta y entrega de bienes y servicios; a la interacción con los proveedores; a la adquisición y procesamiento de grandes cantidades de información o macrodatos para la toma de decisiones; al seguimiento y adaptación a los cambios en la demanda, y la redefinición de las cadenas de suministro; y a una mayor incorporación de dispositivos de interconexión digital en los procesos productivos. También, una mayor utilización de la robótica para incrementar la eficiencia con una menor cantidad de trabajadores en algunas fases de producción. (Chartzman Birenbaum, 2020).

Respecto del trabajo en general, la combinación de los efectos de la pandemia y del aislamiento, sumado a los problemas estructurales preexistentes en nuestro país, expresaron, a su vez, no solamente en un crecimiento del empleo precario y de la informalidad estructural ya existente, sino en un incremento de la desocupación. Mientras los asalariados registrados disminuyeron en menos de cien mil trabajadores entre el primer y segundo trimestre de 2020, la merma fue de 1,4 millones dentro del conjunto de los asalariados no registrados, lo que representa una caída cercana al 45%. (Jacovkis, Masello, Granovsky y Oliva. 2021).

En definitiva, como efecto concreto de la pandemia se puede señalar el “big quit” donde muchos trabajadores abandonaron sus puestos de trabajo. Y tal vez, el único efecto positivo de la pandemia fue que surgió una nueva ideología del trabajo: de aquí en adelante las empresas van a sentir que pueden transformarse (“Conclusiones del Simposio de INECO”. Infobae.com 2022)

III. UN MUNDO DEL TRABAJO DIFERENTE AL CONOCIDO

No es discutible que la tecnología ha llegado en forma de aluvión, en el caso tecnológico. Tampoco que ello ha permitido la creación de un número importante de empresas vinculadas a lo que se conoce como la economía del conocimiento, que generan nuevos empleos. Aunque, tampoco es discutible, que los nuevos empleos son accesibles para cualquier trabajador.

En realidad, si bien toda nueva tecnología tiende a eliminar las tareas existentes y, por ende, a reducir el número de puestos de trabajo, también crea tareas y empleos nuevos. No obstante, los nuevos empleos surgen de áreas y sectores productivos diferentes a los conocidos hasta no hace mucho tiempo.

Son ejemplo de ello los empleos generados por lo que se conoce como economía del conocimiento, en áreas de desarrolladoras de software, videojuegos, informática, y audiovisuales; en áreas las empresas de “big data” que recopilan, analizan y gestión los datos que generan los usuarios de Internet, que identifican patrones u otro tipo de comportamientos que puedan ayudar a sectores concretos; y en las llamadas Empresas de Investigación y Desarrollo (“I+D”) que Investigan sobre nuevos conocimientos científicos o tecnológicos, que luego serán aprovechados para la producción de nuevos materiales, productos, la puesta en marcha de nuevos procesos o sistemas, así como la mejora de los que ya existen.

Sin embargo, el impacto de la tecnología en la pérdida de empleos no es estrictamente lineal. Si bien la relación entre la tecnología, con la automatización que produce en los medios de producción, y la pérdida de empleos tiene un componente de certeza, ello no significa que en el futuro inmediato millones de trabajos vayan a desaparecer sin ser reemplazados. En realidad, seguramente se reemplazan algunos trabajos y muchos lo hacen de manera parcial. (Nedelkoska y Quintini, 2018. Como se citó en Figueroa Víctor, 2019).

En síntesis, no necesariamente la mayoría de los empleos van a desaparecer por efecto de las nuevas tecnologías. Pero, sí éstas están cambiando muchos aspectos del trabajo y de los empleos a los que acceden los trabajadores. De allí proviene el principal y real desafío para los actuales trabajadores.

De acuerdo con un reporte del Foro Económico Mundial acerca del futuro del trabajo, para el año 2025 las empresas esperan realizar numerosos cambios en la plantilla de su personal. Por un lado, un 43,2% cree que reducirán el staff actual a partir de la integración tecnológica o automatización, mientras que un 34,5% espera ampliar su fuerza laboral como resultado de una integración tecnológica más profunda. Pero estas no son las únicas modificaciones que estiman hacer; también, un 41,8% de las compañías afirmó que ampliará el uso de contratistas que realizan trabajos especializados. Entonces, a partir de la proyección de estos datos, el informe sugiere que, hacia 2025, 85 millones de empleos pueden ser desplazados por un cambio en la división del trabajo entre humanos y máquinas, mientras que pueden surgir 97 millones de nuevos roles que estén más adaptados a la nueva división del trabajo entre humanos, máquinas y algoritmos. (Sánchez Zinny.2021). Por lo tanto, el desafío pareciera apuntar a formar y preparar al trabajador a fin de garantizar el nivel más apto para poder operar o utilizar eficientemente la tecnología. También, a posibilitar la contratación de esos trabajadores preparados.

No hay duda entonces, de que el mundo de trabajo en un contexto automatizado produce un impacto directo en las clásicas categorías de trabajadores, exigiendo a su vez nuevas competencias de empleabilidad, así como en la planificación estratégica organizacional. (Rodriguez. 2019). No hay dudas tampoco, de que todo tipo de trabajo, y el tecnologizado aún más, lo pueden realizar trabajadores comprendidos en las dos categorías históricas de realizar trabajo, la dependiente y la independiente, pero también los incluidos en un espacio intermedio no totalmente dependiente o totalmente autónomo.

IV. LA REVOLUCIÓN DEL TRABAJO.

La evolución tecnológica, de hecho, es una revolución, dado que supera lo que podríamos llamar una evolución. Ello, toda vez que produce un desajuste en las instituciones que regían hasta su aparición. Desajuste de tal magnitud que provoca la ruptura definitiva del equilibrio en alguna de esas partes. Por lo tanto, la institución que sirvió para un momento histórico ya no puede funcionar normalmente en éste actual. Asimismo, las soluciones aplicables a tal situación revolucionaria del trabajo no podrán ser las mismas o éstas misma modificadas. Sino que debieran ser totalmente nuevas.

El derecho del trabajo como institución que interviene en la convivencia de la sociedad afectada al trabajo y a la producción está comprendido en tal cambio revolucionario. Como adelanté, el aluvión tecnológico ha permitido la creación un número importante de empresas vinculadas a lo que se conoce como la economía del conocimiento y con gran potencial para generar empleo. Pero, no cualquier empleo.

Se trata de empresas desarrolladoras de software, videojuegos, informática, y audiovisuales. Las empresas de “big data” que recopilan, analizan y gestión los datos que generan los usuarios de Internet, que identifican patrones u otro tipo de comportamientos que puedan ayudar a sectores concretos. También las llamadas Empresas de Investigación y Desarrollo (“I+D”) que Investigan sobre nuevos conocimientos científicos o tecnológicos, que luego serán aprovechados para la producción de nuevos materiales, productos, la puesta en marcha de nuevos procesos o sistemas, así como la mejora de los que ya existen. Empresas que en los últimos años se reconocen como I+D+i, siendo el último elemento la innovación. (López Cabia, 2016).

Estas nuevas empresas además son las que abonan remuneraciones a sus trabajadores que en general están por encima de los sueldos medios de la economía actual y por lo tanto satisfactoria. Pero que también demandan recursos humanos calificados, con capacitaciones específicas. Los nuevos empleos que generan estas empresas emplean trabajadores que posean capacitación, por ejemplo, en administración de Base de datos, de redes, y de servidores. Que demuestren habilidades como analistas SAP, de QA – Testing, en desarrollos en Golang, y .NET Framework. Entre otras especializaciones. Herramientas desconocidas para la mayoría de los trabajadores mayores de 40 años.

Un analista técnico-funcional SAP es una persona que posee una amplia experiencia implementando módulos de SAP (Software especializado) y las habilidades técnicas y funcionales requeridas están asociadas con la capacidad de configurar y ejecutar ese Software.

Similares capacidades son requeridas para realizar las actividades de Testing, que verifican que un producto software cumple los requisitos técnicos y de negocio de su diseño y desarrollo, y funciona según lo esperado; en QA que garantizan la calidad deseada en un servicio o producto software, prestando atención a cada etapa de su proceso de entrega o producción; en GO o Goland  que un lenguaje de programación de código abierto y es el lenguaje con mayor demanda laboral para el 2020; en framework que consiste en una serie de estructuras y tecnología definidas que básicamente facilita la programación; en.NET Framework, que son estructuras y tecnologías de programación orientada a las redes e internet. Para programar en .NET existen hoy en día más de 20 de lenguajes de programación. (Revista Consejo. Del Consejo de Profesional de Ciencias Económicas, 2019).

Lo cierto es que las plataformas tecnológicas están otorgando empleos y con altos niveles de remuneración.  Estas emplean 215 mil personas y se espera que el sector genere otros 200 mil puestos en los próximos años.

Ya, entre 2007 y 2017, el sector tecnológico generó 65% más empleo que en el resto de las actividades productivas y sus operaciones crecieron en el mismo período un 70% frente a un crecimiento general del 12 por ciento. Además, los salarios son un 35% más elevados que en el resto de los sectores.

Es interesante observar que de las más de 300 empresas de la industria Fintech, (del inglés financial technology) que es una industria financiera que aplica nuevas tecnologías a actividades financieras y de inversión, y que se ocupa de cualquier negocio que utilice la tecnología para mejorar o automatizar los servicios y procesos financieros, el 20% de ellas fueron creadas durante la pandemia. Emplean unas 14.728 personas entre las distintas áreas que lo integran -Pagos Digitales, Créditos, Proveedor Tecnológico, Servicios B2B, Blockchain & Cripto-Activos, Inversiones, Insurtech, Financiamiento Colectivo y Seguridad Informática. y el 52% de los empleos generados son para las áreas de Tecnología y Producto Digital. Pero, además, se proyecta que el sector aumentará un 40% su contratación e incorporará unas 5.600 personas, lo que alcanzará un total de 20.000 empleos.

Según el informe, la industria fintech viene en aumento desde 2017, marcando un 40% anual. Las áreas con más crecimiento han sido: Tecnología (40%); Producto Digital (12%); Costumer Service (10%); entre otras. En su totalidad de 14.728 puestos de trabajo generados, un 60% ocupado por varones y un 40% por mujeres. Y para diciembre 2021, también se registró un aumento de empleos en cada área de 5.683 puestos laborales. (Cámara Argentina del Fintech, 2021).

A mayor abundamiento, el ecosistema fintech local está integrado por 302 empresas, de las cuales un 20% nació en el año 2020, en plena pandemia de Covid-19. Esas empresas están agrupadas en nueve verticales de negocios: pagos digitales (82), créditos (66), proveedor tecnológico (36), servicios fintech B2B o “empresa a empresa” (34), blockchain & cripto-activos (28), inversiones (21), insurtech (seguros) (15), financiamiento colectivo (14) y seguridad informática (6). Para ese momento, el sector empleaba 14.728 personas de manera directa y proyectaba incorporar 5.683 nuevas durante este año. Algunas de las fintech argentinas más reconocibles son MercadoPago, la billetera digital y plataforma de servicios financieros de MercadoLibre. Ualá, Technysis, Nubi y Ripio son otros ejemplos. En particular, y sobre todo en la Argentina, suele referirse a proveedores no bancarios de servicios financieros con fuerte impronta tecnológica. Suponen un desafío para el modelo de negocios de los bancos y encarnan algunas de las empresas más disruptivas a nivel local. (Infobae. 2021).

Entonces, es una realidad que el panorama del trabajo que proponen las nuevas tecnologías derivó en la consecuente formación de empresas que las utilizan, y en la necesaria aparición de los trabajadores entrenados específicamente en ellas.

Situación por la cual, y como adelantara, el gran desafío surge en iniciar la inmediata capacitación de los trabajadores para su reconversión tecnológica.

Hoy, la necesidad de este nuevo tipo de trabajadores tecnológicos es inmediata. Muestra de ello es que hoy es muy frecuente que los estudiantes de carreras tecnológicas que ingresa al mercado laboral sin terminar sus estudios. En especial los estudiantes ingenierías y carreras STEM (Science, Technology, Engineering, Mathematics), carreras, relacionadas con las ciencias, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas.

También es de absoluta necesidad, la posibilidad de la creación de espacios para que los nuevos trabajadores tecnológicos ya capacitados puedan insertarse en estos nuevos espacios empresariales, emprendiendo sus propias unidades productivas para estas empresas, sea en forma totalmente independiente, en forma dependiente, o en forma solo dependiente económicamente de un cliente. Tercera categoría sobre la que deba ampliar su tutela el Derecho del Trabajo, extendiendo algunos de los derechos que poseen los trabajadores dependientes, debido, precisamente a que poseen una dependencia. Si bien solo económica con quien les paga su trabajo. es una dependencia al fin. O sea, como mencionar anteriormente, se trata de ampliar no de reprimir derechos.

La situación de profundo cambio que se evidencia en la creación tanto de nuevos trabajos como de nuevos trabajadores altamente capacitados en nuevas tecnologías que los realicen, también debe incluir nuevas formas de contrataciones de esos trabajadores rompiendo con la dicotomía anacrónica de dependencia/independencia. Se debe buscar que la inserción a los nuevos mercados de trabajo de los nuevos trabajadores capacitados que se necesitan sea también realizada por medio de nuevas formas contractuales que la nueva situación reclama.

No se puede soslayar que las excesivas rigideces de las normas y el acoso fiscal son parte del sistema que obstaculiza la generación de nuevos puestos de trabajo registrados, y en definitiva, mantiene el estatus de empleo insuficiente, cuando en parte no lo es del todo. Pero también, sin dudas, la rigidez normativa que impide la ampliación del ámbito de aplicación del derecho laboral a formas menos dependientes o más autónomas de realizar trabajo están impidiendo la creación de empleo.

V. LOS CAMBIOS EN LAS FORMAS DE PRESTAR TRABAJO.

Todo cambio producido en el mundo real produce su correlato en las relaciones laborales, determinando necesarias e inmediatas nuevas formas de realizarlo y de interpretarlo.

En solo el año 2020, con la pandemia incluida, se produjeron más conocimientos técnicos y científicos que en toda la historia de la humanidad en todos los campos del conocimiento. Cambios que ya están generando nuevos empleos de calidad para quienes tengan la educación y la mentalidad adecuadas. A modo de ejemplo, podemos observar, que aquellos que hoy están en edad de trabajar, tienen que competir con personas de todo el mundo que ofrecen sus servicios a través de distintas plataformas digitales o virtuales. Situación laboral impensada hasta no hace mucho tiempo.[1]

Esta revolución del mercado del trabajo se produce por la confluencia de avances tecnológicos en campos como la inteligencia artificial, la robótica, la internet de las cosas, los vehículos autónomos, la impresión 3D, la nanotecnología, la biotecnología, la ciencia de los materiales, el almacenamiento de energía, la computación cuántica, las ciencias de la vida y del comportamiento humano como las neurociencias. Estos nuevos conocimientos, desconocidos hasta hace poco tiempo, se construyen y potencian mutuamente en un espacio de tecnologías que se despliegan en los mundos físico, digital y biológico y, además, la velocidad con que se producen crece exponencialmente todos los días, son tan profundos, que se pude decir con seguridad que nunca existió en la historia una época con tantas posibilidades de progreso, pero a la vez, con tantos peligros potenciales.

Peligros en los que se incluye el desempleo creciente y en masa, de trabajadores con formación insuficiente como para beneficiarse con esta nueva realidad que los cambios tecnológicos proponen. Trabajadores que, en realidad, corren grave y cierto riesgo de ser desplazados de manera permanente del mercado de trabajo.

El panorama general del trabajo actual, conformando un verdadero cambio social, está uniendo disciplinas que funcionan con distintos paradigmas, y los nuevos puestos de trabajo se están desarrollando en ese ambiente. Así los biólogos necesitan de especialistas en estadística y en programación para manejar la ciencia genómica. Las empresas financieras, desde bancos hasta fondos de inversión, necesitan especialistas en informática que puedan sistematizar enormes volúmenes de datos para generar nuevas oportunidades de inversión. Las empresas, para comercializar sus productos necesitan conocer información sobre las actitudes de sus clientes, contratando a especialistas que conozcan los adelantos en las ciencias de la conducta. No hay dudas de que la actividad comercial desarrollada a través de medios electrónicos pone al descubierto modalidades nuevas de interacción entre las empresas y sus clientes o potenciales clientes, que eran inexistentes décadas atrás. Tal especificidad está impulsando el nacimiento de nuevos actores colectivos y renovados marcos de negociación.

El cambio social precede al normativo y ante tales profundos cambios, el Derecho necesitará actualizarse, y el Derecho del Trabajo en particular, como expresión de cultura social, no debe ser ajeno a ella. Pero, en su caso, no será suficiente una actualización de sus principios, sino que, en algunos de sus institutos, el cambio deberá constituir una verdadera revolución.

Lo cierto, es que la tecnología llegó para quedarse y para transformar la vida en sociedad y como parte de ella, revolucionar el ámbito del trabajo. Los cambios que se generan a nivel global, específicamente por las nuevas tecnologías como la robótica, la inteligencia artificial, el cómputo en la nube, internet de las cosas, entre otras, utilizadas que necesariamente enfrentan los paradigmas tradicionales del derecho del trabajo. (Carrasco Fernandez, 2020). La propia Organización Internacional del Trabajo intenta comprender estos desafíos sugiriendo que las normas deberán adaptarse a los nuevos elementos que se incorporan mediante los avances tecnológicos para afianzar un marco de seguridad jurídica del Trabajo. (O.I.T., 2015).

Desde el punto de vista del Derecho del Trabajo, entonces, la revolución que se viene gestando en el mundo laboral obligarán a los distintos actores a adaptarse a las nuevas mutaciones, prácticas y recursos por medio de la renovación revolucionaria de sus marcos normativos, en los que incluyo la jurisprudencia, por supuesto

Esta realidad, muestra nuevas formas de interacción entre las empresas y sus proveedores de bienes y servicios necesarios para su producción, lo que está impulsando un nuevo marco normativo que permita la generación de trabajo no ya solo dependiente o independiente. Por ejemplo, el trabajo parasubordinado, o solo económicamente dependiente, que es reconocido en países europeos, tales como Alemania, Francia, Italia y España, y surge por la insatisfacción producida por el criterio dicotómico dependencia/autonomía, pues éste deja sin tutela a aquellos trabajadores que no son ni el uno ni el otro.

En nuestro país, el trabajo independiente o totalmente autónomo está regulado por medio contratos civiles o comerciales y por las normas impositivas y profesionales del trabajador profesional autónomo. Categoría laboral a la que no acceden la mayoría de los trabajadores que no realizan una tarea profesional independiente.

Por otro lado, hoy son cada vez más los trabajadores subordinados que tienen un contrato por tiempo indeterminado que dure toda su vida laboral; a los que se suman los trabajadores que a lo largo de sus vidas se trasladan de una categoría a otra de trabajo.

Entonces, es una realidad que existe un sector de trabajadores que acceden a puestos de trabajo no totalmente dependientes o subordinados. Trabajadores a los que se está dejando sin protección a pesar de que por sus características y sus debilidades debería contar con una extensión de protección laboral.

Como una nueva categoría jurídica, distinta entre el trabajador autónomo y el subordinado, al trabajador parasubordinado o económica mente dependiente, se le reconoce mediante ciertos requisitos, una situación de dependencia económica frente a un sólo mandante también llamado cliente. Situación que justifica el reconocimiento de algunos derechos sociales y hasta sindicales.

Entiendo que los nuevos cambios en el mercado de trabajo y en sus consecuentes nuevas y necesarias relaciones laborales, lejos de constituir el fin del Derecho del Trabajo actual, conforman su subsistencia y la preponderancia de la subordinación como factor determinante de su tutela, siempre y cuando incorpore una gran dosis de flexibilización en su regulación.

El Derecho en general, y el Derecho del Trabajo en particular, deben mantenerse como medio tendiente a otorgar las herramientas que permitan lograr un avance de la vida en sociedad y garantizar la dignidad de los individuos que la componen.

En realidad, dicha obligación de esta rama de derecho se encuentra superada. “La reforma laboral ya está hecha, la economía no genera el trabajo de calidad que queremos” afirmó Álvarez Agis en el Coloquio de IDEA 2022, desestimando la idea de una reforma laboral tradicional y apuntando a reducir la incertidumbre a la hora de contratar respecto a la litigiosidad y alto costo, adaptar convenios colectivos y un esquema de migración desde planes sociales a empleo formal. (Boetner, 2022).

VI. CONCLUSIONES.

La regulación del trabajo no ha sido concebida para un panorama laboral de transformación digital continua. Por lo que los cambios requieren no solo de una reelaboración de la ordenación jurídica del trabajo, sino también, y tal vez aún más importante y significativo, de una redefinición de conceptos jurídicos adaptados al nuevo contexto digital ampliando su tutela a otras formas de realizar trabajo fuera de la dicotomía dependiente/independiente.

El Derecho del Trabajo se ve, tal vez, más que nunca, en la necesidad de ampliar los alcances de su esfera protectora a las nuevas formas de trabajo cuyos contornos no encuadran necesariamente con los límites tradicionales. Entre ellos, los de reconocer su tutela también al trabajador no totalmente autónomo al que se le puedan extender ciertas tutelas laborales y beneficios sociales que estarían justificadas por su dependencia económica respecto de quien presta trabajo.

Los temores de que la automatización por efecto de la tecnología genere un desempleo masivo se remontan al siglo XIX, pero nunca se ha materializado del todo, desde el inicio de la revolución industrial, para cada empleo que se perdía debido a una maquina se creó al menos uno nuevo. Sin embargo, hay buenas razones para pensar que hoy es diferente y que la aplicación tecnológica a los procesos productivos y formas de ejercer trabajo conlleva un cambio real en las reglas del juego. Si bien es improbable que la IA y la robótica acaben con industrias enteras, los empleos que requieran especialización en una estrecha gama de actividades rutinizadas se automatizarán, y será mucho más difícil sustituir a los humanos por máquinas en tareas menos rutinarias que exijan el uso simultáneo de un amplio espectro de habilidades, y que impliquen tener que afrontar situaciones imprevistas.

A la larga ningún puesto de trabajo se librará por completo de la automatización, y la pérdida de muchos puestos de trabajo en todos los ámbitos se verá compensada en parte por la creación de nuevos empleos humanos dentro de este nuevo espectro tecnológico, los que exigirán un gran nivel de pericia y, por tanto. (Harari, 2021).

Además, respecto a la forma de realizar trabajo, ya en la actualidad, muchos empleos nuevos en economías avanzadas implican trabajo temporal no protegido, trabajadores autónomos y trabajo ocasional, todos como formas habituales de trabajo.

En concreto, ante la posibilidad un porcentaje significativo de la humanidad que no esté preparada y resulte expulsada del mercado laboral, se deben buscar nuevos modelos para las sociedades, las economías y las políticas de este tiempo.

El primer paso es reconocer con honestidad que los modelos sociales, económicos y políticos que hemos heredado del pasado son inadecuados para afrontar este reto. Luego, asumir que los nuevos modelos debieran guiarse por el principio de proteger a los humanos y no a los empleos. Centrándonos es en satisfacer las necesidades básicas de la gente y en proteger su nivel social y su autoestima. (Harari, 2021).

Lo que nos interpela es que “Desde la perspectiva del trabajo vamos a seguir viendo modificaciones aceleradas, no sabemos qué ni cómo, ya que la tecnología está creándose. No estamos viendo el final, sino el principio. Los cambios van a ser cada vez más acelerados… Eso coexistirá en cada industria en la que trabajemos” (Infobae.com. 2022. “Conclusiones de Simposio de INECO”).

Lo único que no cambia es el cambio. Y como en la vida en general, y tal vez como nunca antes, … “Debemos estar dispuestos a deshacernos de la vida que hemos planeado con el fin realizar la vida que nos espera”. (Joseph Campbell, 2001)

Daniel Olguin.

 

 

 

Referencias:
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Alessi C., Barbera M. y Guaglianone L., “EL NECESARIO RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS SINDICALES A LOS TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA DIGITAL”, publicado en Impresa, lavoro e non lavoro nell´economia digitale, Cacuci editore, Bari, 2019, ISBN 978-88-99068-51-6, p.537-553.
Boettner, Mariano.”La estrategia que presentaron los empresarios en el Coloquio de IDEA como alternativa a una reforma laboral”. 13 de octubre de 2022. 58° Coloquio de IDEA. INFOBAE.com. Dirección URL del artículo: https://www.infobae.com/economia/2022/10/13/los-empresarios-ya-no-hablan-de-reforma-laboral-estrategia-propia-de-tres-pasos-y-apoyo-a-que-los-planes-sociales-pasen-a-ser-empleo-privado/
Cámara Argentina de Fintech presentó un informe sobre la evolución del empleo en el ecosistema en 2021. “Cinco mil nuevos puestos aportará el sistema Fintech”. Mercado, 20 mayo, 2021. Dirección URL del artículo: https://mercado.com.ar/tecnologia/cinco-mil-nuevos-puestos-aportara-el-sistema-fintech/
Campbell, Joseph. “Reflexiones sobre la vida”. Ed Emecé, Bs. As. 2001.
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[1] En el trabajo desarrollado mediante plataformas digitales se distinguen habitualmente, el trabajo “bajo demanda” y el “crowdwork”. El primero, se refiere a los casos en los que la plataforma ofrece a sus usuarios un servicio (como el reparto de comida a domicilio) que después es realizado por una persona próximo al usuario. El segundo, en cambio, es la puesta a disposición de una actividad desde una plataforma (como podría ser el servicio de traducción de textos) que puede desarrollar una persona pero que podrá encontrarse en cualquier parte del mundo. Y ya a sea el crowdwork o el trabajo “bajo demanda” via apps, los dos permiten externalizar una actividad que será desarrollada por un individuo particular, sin pertenecer a una organización empresarial, y constituirse el nuevo trabajador, en un trabajador outsourcing. (Alessi, Barbera y Guaglianone, 2019).
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