Etica e Informática.

¿Deberíamos comportarnos de un modo diferente con la persona que pertenece al ciberespacio respecto de aquél que habita una ciudad o un país del mundo físico?[i]

Claro que no. El comportamiento habitante del ciberespacio o de una ciudad debe motivarse por los mismos motores éticos y que, así como no robaríamos carteras en la calle, tampoco hurtaremos contraseñas bancarias.  Aunque salta a la vista una gran diferencia: en la calle todos nos ven, hay agentes de policía, hay cámaras de seguridad; en la red, por otro lado, no.

No es por lo tanto, que los comportamientos del ciudadano digital se rijan por parámetros éticos distintos.  El asunto consiste en que la ciudadanía digital tiene unas características propias que demandan que se comprendan su naturaleza y sus implicaciones.

El “ciudadano digital” como todo ciudadano, hace parte de una comunidad humana.  Y esta pertenencia implica que él se reconoce y es reconocido por otros como parte de la comunidad. Como consecuencia de esta pertenencia, el ciudadano digital, como otros ciudadanos, obtiene derechos y deberes dentro de esta comunidad virtual.

De esta manera, cuando consideramos el público al que va dirigido del código de conducta debemos tener en cuenta que estamos hablando con ciudadanos digitales, esto es, miembros reconocidos de una comunidad virtual que asumen los parámetros éticos que la rigen.

Esta comunidad virtual se caracteriza por ser global, es decir, por no estar restringida por un espacio físico sino por incluir a personas de todas las zonas geográficas. Por depender de la tecnología digital pues ésta otorga la infraestructura que pone en contacto a los miembros de la comunidad. Por ser dinámica pues sus miembros aumentan y disminuyen todo el tiempo. Es además diversa, es decir, está compuesta por miembros de todas las edades, géneros, preferencias sexuales, razas, niveles sociales, económicos y educativos. Y de acuerdo con los propósitos e intereses de la comunidad virtual, ésta puede ser académica o de entretenimiento.

Como señalara anteriormente, la ciudadanía digital tiene unas características propias, pero de ninguna forma los comportamientos del ciudadano digital se rigen por parámetros éticos distintos a los de un ciudadano de un espacio real (ciudad, país, etc)

No obstante, las acciones que en nuestra vida cotidiana nos parecen inadecuadas, por ejemplo, en el ámbito educativo: un estudiante roba un libro de la biblioteca porque no tenía dinero para comprarlo; un estudiante copia el trabajo que le ha encargado un profesor;  un estudiante roba las llaves del despacho de dirección y cambia sus notas. En el mundo de la tecnología no nos lo parecen tanto: hacer copias ilegales de programas de software, utilizar el “copiar y pegar” para realizar trabajos para las clases, utilizar algún software específico para bajarse música, películas, etc, de Internet.

Pero no escapa a nuestro análisis las diversas situaciones que exceden lo estrictamente educativo, que implican excesos en el uso de estas nuevas tecnologías, y que terminan agraviando, y/o lesionando algún derecho de terceros (por ejemplo: la publicación de fotografías personales y privadas sin permiso, o la estimulación y formación de comunidades virtuales en detrimento de las características, creencias, etc. de otras personas, por mencionar solo algunas).

Se puede pensar que esta reflexión ética es un problema de los profesores de filosofía y que debe ser tratada por ellos en sus clases de ética de la escuela. Sin embargo, esto es un problema que deben abordar todos los profesores que utilizan las Nuevas Tecnologías Informáticas y de Comunicación, así como los padres, quienes posibilitan el acceso cotidiano de sus hijos a dichas tecnologías.

Y entiendo que un principio de acción válido para conducir a los jóvenes en el uso correcto del ciberespacio, es ejemplificar nuestras acciones ante los jóvenes, es decir, tener conductas éticas intachables cuando utilizamos cualquiera de las Nuevas Tecnologías Informáticas y de Comunicación.


[i] Según: Guía Metodológica para Apropiación Escolar del Código de Conducta “Tus 10 comportamientos digitales” (http://www.tusdiezcomportamientosdigitales.com); y artículo “Ética e Informática: ¿Es necesaria una reflexión ética sobre el uso de las nuevas tecnologías?” Escrito por José Cuerva el viernes, 22 de abril de 2005 en TIC y Web 2.0 publicado en http://www.aulablog.com/etica-e-informatica-es-necesaria-una-reflexion-etica-sobre-el-uso-de-las-nuevas-tecnologias.

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